Una nueva sentencia del abre la puerta a demandas de quienes, habiéndosele reconocido una nueva fecha de antigüedad por contratos temporales (independientemente del espacio entre los mismos) y ya se hubieran beneficiado en los bienios, en el Premio de Servicios Prestado o múltiples artículos del convenio, ahora pueden reclamar las consecuencias de este reconocimiento en las aportaciones al plan de pensiones.
Categoría: Demandas y juicios
#Noesabusoesviolacion
El Tribunal Supremo exime de responsabilidad a las empresas en caso de impago en las “prejubilaciones”
¿Quién hizo qué? Los heterótrofos atacan de nuevo
¡Que no nos sisen más días de permiso!
El Supremo obliga a que el inicio de los permisos retribuidos sea en laborable
Os trasladamos el comunicado de nuestra sección de Extel Málaga donde nos cuentan que el Tribunal Supremo establece para el Convenio Colectivo Estatal de Contact Center que el inicio de ciertos permisos retribuidos (en concreto por matrimonio, nacimiento de hijo y fallecimiento de un familiar) “cuando el hecho causante se produzca en día feriado, debe ser el primer día laborable que le siga”.
CGT – SIME — Fuera de Convenio: la empresa se niega a conciliar (Comunicado conjunto)
Fuera de Convenio: la empresa se niega a conciliar
Como os adelantábamos en nuestro anterior comunicado, con fecha 27 de febrero ha tenido lugar el ACTO DE CONCILIACIÓN con la empresa en el SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje) en relación a la situación del colectivo de Fuera de Convenio.
Todas se apuntan el tanto
AND THE OSCAR ‘MEDALLITA’ GOES TO…
Telefónica ha comunicado que abonará, en la nomina de febrero, las cantidades correspondientes al devengo circunstancial de vacaciones por las actuaciones en disponibilidad, tanto en TdE como en TME. Finaliza así el absurdo culebrón por el que se resistía a cumplir con la sentencia del Tribunal Supremo que la obligaba.
El alto tribunal estableció -¡en junio de 2016!- que, por el periodo de vacaciones, se debía percibir el importe correspondiente al promedio anual de las compensaciones económicas de los complementos variables realizados a lo largo de todo el año (total dividido entre los 365 días del año y multiplicado por los 30 días de vacaciones) y no solo los conceptos ‘fijos’ (salario base y antigüedad).
Búscate la vida…
¡¡AAAAAH… HABERLO GUARDADOOOO…!! (Se lee con tono musical y de recochineo)
Con motivo de la sentencia del Tribunal Supremo -en materia de retribución de Devengos Circunstanciales en periodo de vacaciones– del pasado año, la empresa abonó en la nómina del mes de septiembre lo que entendía que debía por los conceptos correspondientes a los años 2014 y 2015. Además notificó que todos los años se abonará la cantidad que corresponda por estos conceptos en la nómina del mes de marzo y, efectivamente, en marzo de 2017 realizó el abono correspondiente a 2016.
Propuesta al CI TdE y derecho de huelga ‘en la picota’ (otra vez)
Enviamos propuesta de CGT al Comité Intercentros de TdE sobre la huelga de Centros de Gestión en Catalunya. También información relativa a la sentencia del T. Supremo conocida recientemente en la que se justifica la vulneración del derecho de huelga realizada por empresas distintas de la titular o centro de trabajo en cuyo ámbito se produce la huelga, saltándose olímpicamente la doctrina del T. Constitucional.