¿Objetividad? ¿Transparencia?

El concurso de Méritos para EPI´s y Técnico así como de ERS está generando mucho malestar en los aspirantes debido a la opacidad del proceso, desde CGT siempre hemos apostado por una Oposición con temario cerrado, en que los aspirantes compiten en igualdad de oportunidades, pero desde hace unos años han optado por el concurso de méritos, proceso que siempre nos ha parecido subjetivo y opaco, pero no por ello se debería de olvidar de los mecanismos que nos dotamos para conseguir mas objetividad y transparencias.

Según la Normativa Laboral de Telefónica España SAU vigente según los términos de los convenios colectivos, los tribunales de los procesos de selección y promoción se constituirán de acuerdo a los principios de igualdad de oportunidades, objetividad y transparencia.

Según sus competencias, definidas en dicha NL, el tribunal deberá guardar una escrupulosa reserva sobre las pruebas de examen y la identidad de los aspirantes. Pero eso no puede impedir que aquellas personas que concurren a estos procesos y no superen, a juicio de ese tribunal, la nota exigida al currículum vítae conozcan:

1º.- Los criterios para juzgar ese CV recogidos en la NL pero que se modificaron en 2004.

2º.- La valoración concreta que se ha hecho de los CV`s de las y los aspirantes no seleccionados.

3º.- La publicidad de las actas que ese tribunal está obligado a confeccionar sin perjuicio de observar el sigilo debido.

4º.- El respeto a la participación sindical conforme a esa NL que exige, cuando se constituyen tribunales provinciales, la presencia de un representante elegido por el CE y uno más por cada sindicato más representativo.

La NL en su artículo 45 determina el valor de cada una de las partes que componen o acreditan el CV: antigüedad, títulos académicos, cursos realizados fuera del ámbito de la empresa, premios y, en el caso de requerirse ciertos méritos el informe del jefe inmediato.

Mientras la CGT dispuso, por su condición de sindicato más representativo, del derecho a participar en esos tribunales de selección y promoción, sus representantes han sido escrupulosos a la hora de atender en la medida de lo posible las reclamaciones de las trabajadoras y trabajadores que se hubieran sentido perjudicados en sus legítimos intereses, trabajando por garantizar aquellos principios básicos que deben informan todo proceso de selección y o promoción. Ahora no disponemos de esa facultad pero mantenemos la responsabilidad y por ello señalamos a cualquier persona que quiera plantear algún tipo de reclamación a que utilice ESTE FORMULARIO.

Madrid 16 de enero de 2012

 

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