Propuesta al CI y algo más

Buenos días.

Enviamos algunas informaciones que pueden interesarte y adjuntamos una propuesta, de CGT al Comité Intercentros de TdE, solicitando una resolución de apoyo a la Proposición de Ley de Iniciativa Parlamentaria (122/15) para garantizar la igualdad en las condiciones laborales de los trabajadores subcontratados.

Esta proposición, que pretende la modificación del art 42 del TRLET, fue presentada por el Grupo Socialista el 8 de agosto pasado y publicada el 9 de septiembre en el Boletín Oficial de las Cortes Generales. La Mesa del Congreso acordó, el 18 de octubre, admitirla a trámite y, el 20 de diciembre, se aprobó tomarla en consideración. Ahora, hasta el 17 de febrero, se encuentra en la Comisión de Empleo del congreso para enmiendas

Después pasará al senado, donde el PP goza de mayoría absolutísima (130 de 208 senadores), por lo que tiene todas las papeletas de ser ahogada en el trámite, puesto que ya expresó, en el minidebate del congreso del 20 de diciembre, su absoluto rechazo a la modificación del artículo. Además, el Gobierno recién re-encumbrado por PP-Psoe-Ciudadanos, ya hizo en noviembre un baldío primer intento de acogotar al bebé antes de que crezca, presentando un Conflicto de competencia Constitucional.

En la votación del 20 de diciembre (Toma En Consideración), en la que no estaban presentes todas sus señorías, reultó aprobada con 176 votos frente a 133 en contra y 32 abstenciones. La apoyaron Psoe, ERC, Podemos y sus socios, EHBildu y Nueva Canarias. Apoyaron, prometiendo enmiendas en Comisión, PNV y PDcat (ciu). La rechazó PP y socios (Foro Asturias, CCanaria y UPN). Cidadanos se abstuvo.

Aquí puedes enlazar al diario de sesiones del congreso, con la transcripción de lo dicho (páginas 21 a 32) por cada cual en el debate, o si lo prefieres, ver las intervenciones. Es destacable que, mientras los demás que la apoyaron se centraban en la hostelería y no en telecomunicaciones, el grupo de EHBildu fue el único que mencionó a la Marea Azul y su lucha en 2015 por obtener lo que ahora se debate. También dijeron que “más que leyes lo que falta es actitud”. Así, entre nosotras… ¡más razón que un santo!

PNV ve como problema, y en ese sentido irán sus enmiendas, la concurrencia entre convenios colectivos de empresa contratante y de las empresas subcontratadas, que determinan los ámbitos personales, territoriales y sectoriales de aplicación, ya que la proposición de ley llega a establecer no solo modificaciones de contenido de las condiciones laborales de los convenios de las empresas subcontratadas, sino incluso novaciones contractuales respecto a condiciones de contratación y tiempo de trabajo. Ciudadanos, como suele ser habitual, calificó la medida de parche, que la reforma debe ser mayor y ahí están ellos para liderar…

El alargamiento del trámite está garantizado: la Proposición de Ley se gestiona como de “Competencia Legislativa Plena de las Comisiones” (1), lo que implica que puede pasar directamente de la Comisión del Congreso al Senado sin el trámite de deliberación y votación final en el Pleno, aunque este puede solicitarlo. Después, la ‘cámara alta’ tiene dos meses para acabar de tramitar la ley (20 días si fuese por vía de urgencia), pudiendo presentar dos tipos de enmiendas: “al texto” (suprimir, modificar o añadir) o “de veto” (devolución de la ley al Congreso o propuesta de texto alternativo para cambiar el espíritu del enfoque). En ambos casos el texto tiene que volver al Congreso para su aprobación por mayoría absoluta o, si no se logra, por mayoría simple transcurridos dos meses desde la votación anterior.

(1) Como curiosidad, en aras del conocimiento y divulgación de los modos que se dan en las democráticas instituciones y sus mecanismos para legislar, comentar que las Proposiciones de Ley también pueden ser:

– “De las Asambleas de la Comunidades Autónomas”, que se tramitan de forma idéntica a las de Competencia Legislativa Plena pero el Parlamento autonómico puede enviar al Congreso hasta tres representantes para defender la iniciativa en el debate de toma en consideración (art. 127 Reglamento del Congreso).

– “De Iniciativa LegislativaPopular“, que parten de la iniciativa ciudadana reconocida en la Constitución (art. 87.3). Una vez registradas requieren la presentación -en nueve meses (antes de 2006 eran seis), prorrogable por otros tres cuando concurra causa mayor apreciada por la Mesa del Congreso- de, al menos, medio millón de firmas que avalen la propuesta. La ley que regula este ‘derecho’ ciudadano (LO 3/1984) excluye admitir las relativas a asuntos que, según la Constitución, son propios de leyes Orgánicas -libertades públicas y derechos fundamentales-, de naturaleza tributaria, de carácter internacional, referentes al indulto, Presupuestos Generales del Estado o el Consejo Económico y Social, la planificación económica o la propia Constitución.

Con semejantes condiciones (firmas, plazos y exclusiones) es lógico que en 33 años se hayan presentado tan pocas iniciativas ‘populares’, de las que solo una decena consiguieron recabar las firmas suficientes en el plazo estipulado y, de ellas, únicamente dos consiguieron convertirse en ley: la presentada en la V Legislatura (1995) sobre reclamación de deudas comunitarias, que acabó subsumida en otra proposición no de ley en la VI Legislatura y supuso la modificación de un artículo de la Ley de Propiedad Horizontal y otra relativa a la regulación de la tauromaquia como patrimonio cultural, aprobada durante la pasada legislatura.

Nos deja un tremendo “deja-vu” el tratamiento dado a aquella “sobre eliminación de prebendas de la clase política cesada”, impulsada en 2012 por un grupo de ciudadanos de Ciudad Real. Celia Villalobos, que era también entonces vicepresidenta primera de la Mesa, firmó su rechazo alegando que versaba “sobre materias que ya estaban reguladas por la Constitución y las propias Cámaras”. Ntch… como huele al clásico “tema ya tratado” de nuestro Comité Intercentros ¿verdad?.

Pensiones, desmontando mentiras. Hoy, martes 14 de febrero a las 21:00. RNtv.
¿Te crees todo lo que te cuentan? ¿En el tema de las pensiones, crees que nos pueden estar tomando el pelo? En Rojo y Negro Tv vamos a desmontar mentiras. ¿Son sostenibles las pensiones? ¿Influye la esperanza de vida en las cotizaciones? ¿Están bajando o subiendo? Si te quieres enterar y no dejar que te cuenten más mentiras, te esperamos el martes 14 a las 21:00 horas en Canal 33 de Madrid, en La Mosca Tv de Barcelona y rojoynegrotv.org. Va en serio.

Los CIES, esas cárceles para el ‘delito de inmigración’.
Entrevista, realizada por Irene Gómez para Rojo y Negro, a Alhagie Yorro, inmigrante gambiano que denunció la situación de los CIE españoles al Parlamento Europeo.
http://cgt.org.es/noticias-cgt/noticias-cgt/entrevista-alhagie-yorro-primer-inmigrante-en-denunciar-la-estancia-en-los

NO NUKE. Nucleares NO, gracias.

Perla: “Desde que existen las centrales nucleares, el único accidente verdaderamente grave ha sido el de Chernóbil”. Esperanza Aguirre, 14 de marzo de 2011.

Salud

Asunto: Proposición de Ley precariedad subcontratas El pasado 9 de septiembre de 2016 fue publicado en el boletín oficial de la Cortes Generales del congreso de los diputados la “Proposición de Ley 122/000015 referida a la modificación del artículo 42.1 del Estatuto de los Trabajadores” para garantizar la igualdad en las condiciones laborales de los trabajadores subcontratados presentada por el Grupo Parlamentario Socialista:

“Artículo único. Subcontratación de servicios correspondientes a la propia actividad.

Se añaden dos nuevos párrafos en el apartado 1 del artículo 42 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, con la siguiente redacción:

«Se entenderá que el objeto de contratación o subcontratación supone la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad del empresario contratante cuando se corresponda con todas o alguna de las actividades principales o nucleares del mismo y suponga, por parte del contratista o subcontratista, la aportación de mano de obra que desarrolla funciones profesionales que tienen relación directa con dichas actividades principales o nucleares. En estos casos, las empresas contratistas y subcontratistas deberán garantizar a los trabajadores afectados por la contrata o subcontrata, durante el tiempo en que presten servicios adscritos a la misma, las condiciones laborales y de empleo esenciales previstas en el convenio colectivo que fuese de aplicación en la empresa principal o, en su caso, las que tendrían si fueran trabajadores contratados directamente por dicho empresario principal.

A estos efectos se consideran condiciones laborales y de empleo esenciales las referidas a remuneración y cuantía salarial, condiciones de contratación, tiempo de trabajo y descanso, igualdad, protección de la maternidad, lactancia y paternidad y frente a riesgos laborales.»

Dicha iniciativa está causada por la actual situación de precariedad generalizada en todos los sectores y donde la contratación y subcontratación se ha convertido en el método generalizado de realización de actividades y cuyo fín, por desgracia, es desregular las condiciones laborales existentes y precarizar las condiciones de las nuevas contrataciones hasta unos límites insostenibles.

Las huelgas acometidas en el 2015 en el sector de las Telecomunicaciones son una muestra evidente de lo extremo de la situación de las y los trabajadores en este sector. El incumplimiento de la patronal, en los acuerdos adquiridos para desconvocar las huelgas, son muestra concluyente de la necesidad de una regulación legislativa que impida la subcontratación de servicios sin garantías suficientes de que se realicen conforme a las normas establecidas.

Por todo ello, CGT propone:

Que el pleno del Comité Intercentros apruebe una resolución a favor de dicha proposición de ley introducida en el Congreso de los Diputados.