Teletrabajo

Hace ya tiempo que se veía venir el tema del Teletrabajo, ya en el año 2002 en este sindicato hicimos un trabajo serio sobre este tema, dicho trabajo recobra ahora su fuerza. Os adjuntamos todo lo que necesitáis para crearos vuestra propia opinión sobre un tema de gran calado. .

 

-Acuerdo firmado el 20 de Enero .

 

Valoración de CGT sobre el acuerdo firmado .

Acuerdo Marco Europeo .

Trabajo documental de CGT del año 2002.

Lee, infórmate, crea tu propia opinión y no dejes que nadie decida por ti.


Acuerdo firmado el 20 de Enero .

Prueba_piloto_Teletrabajo_Dentro_Convenio.pdf

 

Valoración de CGT sobre el acuerdo firmado .

Comentarios al Acuerdo de Teletrabajo —Experiencia Piloto— El 20 de Enero ha sido firmado el acuerdo definitivo para la puesta en marcha de una experiencia piloto de Teletrabajo dirigida a trabajadores dentro de Convenio. Dudamos de la legitimidad de un acuerdo en el que representantes de los trabajadores como D. Eloy Archilla Peña (CCOO) y D.

Francisco Navajas Doncel (UGT), se arrogan una representación del Comité Intercentros sin que hayan sido propuestos ni designados por el mismo.

El funcionamiento del CI raya no sólo en el absurdo sino en el más absoluto menosprecio a las reglas del juego. Para colmo, cuando algunas organizaciones tratamos de llevar transparencia y debate a ese órgano (más parece una sucursal de la empresa) nos encontramos con descalificaciones y conductas torpes y mediocres.

Pero hagamos un esfuerzo para buscar y hallar las supuestas bondades de este acuerdo irregular pero sin olvidar aquellos detalles que en opinión de los representantes de la CGT afectan a las condiciones laborales. Vaya por delante, que la adhesión voluntaria a la prueba piloto no convalida aquellos aspectos poco o nada respetuosos con la intimidad (no sólo del teletrabajador) o con la prevención de riesgos.

Nuestros representantes en el Comité Intercentros han exigido el preceptivo debate al respecto.

Nuestra preocupación va mucho más allá de salvaguardar los aspectos puramente formales de ese documento en relación con las obligaciones y facultades del CI.

Sin embargo, esa justa y obligada exigencia propia de nuestra responsabilidad, no ha hallado sino la reacción del presidente del Comité Intercentros teñida de vaguedades y miedo a afrontar o al menos velar porque se produjese el necesario debate.

Individuos como el actual Presidente del Comité Intercentros avergüenzan el llamado sindicalismo de clase. Lamentablemente, es necesario recordarlo una vez más.

Analicemos en detalle los términos de la prueba piloto para lo cual hemos de tener presente el Acuerdo Marco Europeo sobre Teletrabajo de 16 de Julio de 2002, en lo sucesivo Acuerdo Marco, y que constituye al día de hoy la única referencia convencional sobre Teletrabajo ya que, de momento, no existe regulación legal alguna en el estado español (no existe una Ley particular al respecto ni referencia en el Estatuto de los Trabajadores).

Si el Acuerdo Marco debe ser tomado como referente en la negociación y constituye, al menos, una especie de paraguas o garantía y a partir de ahí mejorar las condiciones establecidas en el mismo, ¡como mínimo la prueba piloto no puede suponer un paso atrás¡. Y sin embargo, es lo que sucede.

Es totalmente inaceptable que la prueba piloto de la empresa y avalada por una representación parcial de los trabajadores merme el perfil de ese A. Marco sea cual sea la valoración que merezca esa convención europea. . ¿Por que decimos todo esto?. Veamos:

1. El Acuerdo Marco apuesta claramente porque los equipos y herramientas sean aportados por la empresa, mientras que en TESAU ¡deberá ser el empleado el que ponga a disposición de Telefónica un equipo informático de unas mínimas prestaciones además de una línea telefónica.

2. En el A. Marco se destaca la voluntariedad y sin embargo en el Acuerdo que debe firmar el trabajador se especifica que los tres primero meses son obligatorios para el trabajador, salvo que haya motivos justificados sin que se concreten los mismos. Pero, curiosamente, la empresa sí puede dar por finalizada la prueba cuando le plazca por más que deban concurrir también razones justificadas. ¿Cuáles son esas razones? ¿Quién decide si una razón es o no justificada?.

3. El empleado se responsabiliza de solucionar los problemas hardware de su propio ordenador, (es decir si se avería tiene que repararlo), además se responsabiliza de los problemas de software que se puedan producir por utilizarlo para usos ajenos al trabajo, es decir por usar tu Pc “como si fuera tuyo”.

4. El empleado está obligado a asegurar, en su casa, que el espacio dedicado a teletrabajar cumpla las normas de salud laboral; ¡qué lástima que Telefónica no se exija a si misma ese escrúpulo cuando los trabajos se realizan en sus propios locales¡. Pensemos que el dichoso Plan de Eficiencia Inmobiliaria arrastra irregularidades en materia de Salud Laboral que deben denunciarse quizás no sólo ante la Inspección de Trabajo.

5. En el Acuerdo Marco Europeo se especifica que para que la empresa pueda acceder al domicilio del trabajador, debe tener el consentimiento expreso de este, pero en esta prueba piloto, la empresa puede visitar el domicilio con el solo requisito de avisar con 48 horas de antelación, sin atender lo más mínimo a la intimidad, no solo del teletrabajador si no también de su familia.

Mención aparte merece la lista de Supuestas Ventajas para el Empleado que publican en el acta de este grupo de trabajo al tiempo que no se indican las posibles inconvenientes, Algunas de esas ventajas son sencillamente ridículas, por ejemplo:

1. Formula de reagrupamiento familiar. Seguramente mejorará una vez consigamos el telecolegio y la tele-guardería (la telepizza ya es sobradamente conocida)

2. Disminución del estrés laboral. El mobbing ¡pa casa¡

3. Fomento de la motivación ¿?

4. Fomento de la creatividad ¿Van a trabajar o a pintar?.

5. Equilibrio tiempo de trabajo y vida familiar. (debe querer decir Como trabajar en familia)

6. Disminución de costes adicionales (vestuario/equipamiento); ¿podemos suponer que la idea es trabajar en albornoz;, y, claro, ya que el equipamiento tendrá que ser adquirido y pagado por el teletrabajador, ¡negocio redondo¡) • Otra ventaja que se les ha olvidado añadir es el ahorro en fotografías y portarretratos, ya no necesitas tener una foto de tu pareja e hijos en la mesa del curro: los tienes en vivo cacharreando en tus papeles (perdón en los papeles de la empresa).

En la CGT no desconocemos que el Teletrabajo es una “realidad” que se abre camino; que puede resultar apetecible a aquellos a los que, por ejemplo, primero les aplicaron un traslado forzoso dentro de su provincia (allá por 1999 y 2000) y ahora esta opción les sugiere una alternativa. Ojo, nadie da duros a dos pesetas (hagan ustedes la conversión a euros por favor) por lo que es imprescindible analizar con ponderación los pros y los contras.

Este comunicado es sólo una aproximación al asunto tal y como se “aprueba” hace unos días y como en la CGT creemos en la participación de los trabajadores y las trabajadoras, reclamamos de todos a que analicen por si mismos esa prueba piloto. Para ello hemos establecido un enlace a un trabajo documental elaborado en diciembre de 2002 por el Secretariado Permanente de CGT que sirve para ilustrar el estado de la cuestión y en breve podremos habilitar un espacio propio en nuestros foros.

Allí podréis conocer íntegramente el Acuerdo Marco Europeo y otros muchos datos que consideramos de sumo interés. Es cierto que esta iniciativa podía haberse producido antes, pero estamos “convencidos” de que el debate en el Comité Intercentros y la participación de TODOS en los foros de negociación (de acuerdo con el art. 41 del ET ese acuerdo podría ser ilegal) no harían necesario, una vez más, salir al paso de la enésima coartada que los sindicatos cómplices de la patronal han construido desde hace tiempo en torno a la voluntariedad.

Lee, piensa y discute. Si luego te apuntas recuerda que si te quejas te dirán aquello de…”¡se siente, te apuntaste voluntariamente¡”.

Acuerdo Marco Europeo .

Trabajo documental de CGT del año 2002.

Teletrabajo_estudio_del_2002

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