Rotativas: ¿Qué son?

vr¿Qué son las vacaciones rotativas?

Como era la prioridad en TdE

Para algunas de vosotras este término de vacaciones rotativas resultará desconocido. Para CGT no, pues es una vieja reivindicación que quedó paralizada desde hace años por falta de voluntad sindical en TdE.

Para entenderlas habrá que entender antes cómo se han venido asignando las vacaciones en nuestra empresa desde hace décadas, que no es más que un sistema de “antigüedad” que perjudicaba siempre al personal más joven en términos de antigüedad en la empresa.

El orden de preferencia establecido en los extintos convenios de TdE era el siguiente:

1.- Antigüedad en la Empresa

2.- Mayor categoría

3.- Antigüedad en la categoría

4.- Mayor edad

CGT Proponía un sistema de puntos

1CGT, desde hace tiempo, proponía que la prioridad en la concesión de vacaciones se regulara por un sistema de puntos. A este fin, se asignaría a cada día de vacaciones disfrutado el número de puntos que correspondieran según el mes del año en que ese día fuese disfrutado –el baremo asignaba más puntos a aquellos días más solicitados–. Finalizado el ciclo anual de vacaciones, cada trabajador habría hecho uso de un número de puntos determinado. El orden de preferencia para el ciclo siguiente sería el orden inverso al número de puntos acumulado por cada uno de ellos en el año inmediatamente anterior. Era una fórmula clara y equitativa.

¿Que se firmó en el CEV?

Pero lo que finalmente se firmó en el CEV, negociación alejada de CGT, fue el siguiente método:

La rotación de los trabajadores en la prioridad para la adjudicación del periodo de vacaciones solicitadas se realizará, preferentemente, donde el tamaño del grupo de trabajadores así lo aconseje, con el siguiente método:

Tomando como referencia el orden de preferencia del año anterior, se realizarán 4 grupos.

Se repartirá a los trabajadores, del grupo o unidad de trabajo, a partes iguales, o lo más aproximadamente posible, y por orden en los grupos establecidos.

Se rotará el orden de los grupos de forma que el último sea el primero, el primero sea el segundo y así sucesivamente. Estableciendo de esta manera un nuevo orden para la adjudicación de las solicitudes de vacaciones.

Cada vez que los grupos establecidos realicen una rotación completa, volviendo a la posición inicial, se realizará una rotación interna de los componentes de cada grupo, que dependiendo de la cantidad de trabajadores que compongan el grupo, se realizará de forma individual o por grupos para favorecer así la rotación de todos los trabajadores en un tiempo razonable.

Los trabajadores que por cualquier motivo (promoción, traslado, cambio de acoplamiento, …) se incorporen a la unidad de trabajo, a efectos de preferencia de concesión de la petición de vacaciones, serán incluidos, respecto al orden de preferencia establecido para la concesión de vacaciones el año en que se incorporan a la unidad, inmediatamente detrás del trabajador que aparecería delante de él, en una lista ordenada por antigüedad en la Empresa, antigüedad en el puesto profesional y mayor edad, realizando, posteriormente, lo indicado en los puntos 1, 2, 3 y 4 para la confección del nuevo orden de preferencia.

Y continúa:

Siempre que cumpla el criterio establecido, de rotatividad y equidad, y sean aprobados por el respectivo comité de Empresa, o en su defecto con el acuerdo de todos los trabajadores afectados, podrán utilizarse programas informáticos diseñados al efecto o el método alternativo que se determine para establecer el orden de prioridad en la adjudicación del periodo de vacaciones, con objeto de facilitar la gestión.

Sin perjuicio de lo anterior, se tendrán en cuenta aquellas circunstancias que derivadas de la situación personal del empleado este deba disfrutar las vacaciones con sus hijos menores en una fecha determinada por estar así fijado en una resolución judicial que deberá acreditar fehacientemente.

El periodo principal o mayor tendrá prioridad sobre los periodos menores.

Y luego, claramente dice:

Como punto de partida para iniciar la rotación se tomará el orden establecido en la concesión de vacaciones del año 2016.

Entonces ¿Cuándo y Cómo se tiene que rotar?

En TdE, la concesión de vacaciones del año 2016 se produjo en el mes de diciembre de 2015, tras la solicitud de noviembre y la adjudicación de las mismas con el criterio citado establecido en los convenios anteriores.

Por tanto, para la adjudicación de las vacaciones del 2017, la empresa debería haber hecho la distribución por grupos A, B, C y D de la concesión del 2016 y rotarla:  D, A, B y C este mismo año, no al que viene como pretende.

La distribución de grupos, a pesar de que no se informó en la adjudicación del 2016, es muy sencilla, sólo hay que hacer un listado por puestos profesionales de cual fue el orden de prioridad en esa concesión.

Ponemos como ejemplo la siguiente unidad donde se encuentran acoplados 8 personas con la Categoría en posesión (Puesto Profesional) de Operador de Comunicación:

En este caso la distribución por grupos sería la siguiente:

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Si nos fijamos en el orden de María, David y Vicente, nos damos cuenta de como funcionaba el sistema antigüo de preferencias: María, a igualdad de antigüedad, categoría y meses en la categoría y nivel es la primera porque es mas mayor, luego David y finalmente Vicente. Era la forma de “desempatar” en el caso de haber entrado en la compañía en la misma fecha, con una promoción autómatica identica.

El cuadro de arriba habría sido el orden de preferencia en la concesión de vacaciones del año 2016, y para la concesión del 2017 debería ser el siguiente:

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Así, ¡Antonio y Carlos este año ya se beneficiarían del nuevo sistema rotativo cuando durante años han estado padeciendo el anterior “cuartelero” de antigüedad!

Termina el artículo del CEV con las siguientes aclaraciones:

Cuando un grupo de empleados pertenecientes a determinados Puestos Profesionales tenga encomendada una función específica, se podrá establecer el orden de vacaciones con independencia del resto de empleados adscritos a los Grupos y Puestos profesionales en que aquellos estén encuadrados. Los empleados que ostenten cargo de mando o jefatura, no entrarán en el mismo calendario de vacaciones que el personal bajo su dependencia.

La confección del oportuno calendario de vacaciones del personal de la Empresa en los Grupos o Puestos profesionales de cada centro de trabajo se entenderá conjunto para todo aquel personal, aunque las distintas localidades de residencia de los empleados pertenezcan a provincia distinta de la que esté radicada la jefatura correspondiente o la dependencia o grupo de trabajo.

¡Se tiene que rotar ya!

Y ahora viene la empresa diciendo que no se puede aplicar la rotatividad en la concesión del año 2017 porque “El 2016 nunca ha podido ser “año 0” de inicio, puesto que para el personal de TME y TSOL se dijo que en 2016 disfrutarían sus vacaciones según la regulación de su anterior convenio. Si 2017 es el primer año en que converge el disfrute de vacaciones de los empleados de las 3 jurídicas (siendo “año 0”) no es posible rotar algo que aún no ha empezado a funcionar.”

¡Eso es Falso! El disfrute del 2016 para las tres compañías fue según convenios previos al CEV. Otra cuestión es cómo se confeccionen los nuevos grupos que marca este convenio para la concesión del 2017. En el caso concreto de TdE ya lo hemos explicado anteriormente.

¿Que ocurre en TME y TSol? Pues que en TME ya tenían un turno rotativo que ellos mismos acordaban, y en T-Sol un procedimiento interno que se cumplió.

La dificultad estriba en aquellas unidades donde el personal es mixto, es decir la mezcla de cualquiera de estas últimas empresas con personal de TdE. Eso debería ser lo que solventara la empresa con la colaboración de la representación social. Porque, evidentemente, acudir a la antigüedad en la empresa para la confección de los grupos sería injusto para TME y TSol empresas más “jóvenes”.

Pero ni siquiera ahora se está discutiendo esto, y de no aclararse, ni este año, 2017, ni el que viene se podrá poner en marcha algo que no se ha resuelto.

Tras el pleno del Comité Intercentros de TdE, donde la decisión mayoritaria fue la de volver a Interpretación y Vigilancia –no hace más de 20 días que se reunió para dirimir las cuestiones planteadas, todas ellas a favor de la empresa gracias al apoyo de UGT–, se debería haber aclarado si la representación social estaba unanimemente a favor de “rotar” ya, pero no quisieron. Lo peor es que será allí –en Interpretación y Vigilancia–, si no nos dan las uvas, donde se decidirá esta primera rotación para la que aún estamos a tiempo y que para CGT está tan clara salvo en la dificultad planteada.