Reconocimiento Seguro Supervivencia

Los acuerdos de Previsión Social -1 de Julio de 1992- marcaron un antes y un después en los derechos de las y los trabajadores que se incorporaron a Telefónica.
Una «doble escala salarial en especie» de la prestación social que afectó, entre otros, al Seguro Colectivo.

Al Seguro Colectivo ¿te apunto a la escala simple o doble? Esta es una de las primeras preguntas que nos hacían el día de nuestro ingreso en la compañía (antes del 92). Y tú respondías:

¿Y eso que es? Muy amablemente te explicaban que el Seguro Colectivo (en su doble versión de Riesgo y Supervivencia) era una póliza de seguro que te ofrecían al ingresar; en caso de accidente la póliza te pagaba una indemnización, que era doble si elegías la póliza doble.

La póliza simple la pagaba íntegramente Telefónica y la doble (doble indemnización) a partes iguales entre Telefónica y tú. Esta indemnización por accidente se refería a la póliza de Riesgo, la otra, la de Supervivencia, te aseguraba una cantidad cuando llegabas a la jubilación.

Aquellos acuerdos del 92, recogidos en el convenio 1993/95 dicen:
«Los trabajadores que se incorporen a la empresa con posterioridad al 1 de julio de 1992, únicamente tendrán derecho, como sistema complementario de previsión social, al Plan de Pensiones si se adhieren al mismo.

Los trabajadores que lo sean antes del 1 de julio de 1992, si no se adhieren al Plan de Pensiones, mantendrán la situación actual con respecto a la prestación de supervivencia y seguro de riesgo en sus configuraciones y cuantías actuales.»

Según CGT, estos acuerdos aseguran que las y los empleados que lo fueran antes del 1 de julio de 1992 y no se adhirieron al plan de pensiones, tienen los mismos derechos que se tenían anteriorrmente a esa fecha a no ser que renunciaran voluntariamente, entre ellos al seguro colectivo de supervivencia.

En las últimas semanas se han producido numerosas reclamaciones de trabajadores que, aun habiendo ingresado en la empresa antes del 1 de septiembre de 1992, no tienen reconocido en su Seguro Colectivo la parte de supervivencia.

Estas reclamaciones, solicitando el reconocimiento o adhesión a la parte de supervivencia, están siendo denegadas por parte de la empresa, motivo por el que ya se han iniciado varias demandas judiciales.

Desde CGT entendemos que esta situación solamente puede ser debida a un error administrativo y por ello CGT ha enviado una carta a la empresa para que lo corrija; en caso de que no lo haga iniciaremos acciones legales para que se reconozca a estos compañeros el derecho que siempre han tenido.

Si tienes el problema de que no se te reconozca el seguro de colectivo de supervivencia, ponte en contacto con cualquier delegado de CGT y te ayudaremos a solucionarlo.

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